Las novedades del sistema Cret@ para las empresas

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Las empresas tienen que estar preparadas y conocer las novedades fundamentales del sistema Cret@, Control de Recaudación por Trabajador, que será obligatorio, en principio, a partir del mes de octubre. De ahí que los especialistas de la consultora Alma Consulting Group aconsejen a las empresas el estudio y análisis de los costes laborales de sus empleados ante la reforma del sistema de cotización y recaudación de cotizaciones a la Seguridad Social.

Desde esta fecha la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) adopta un papel activo tanto en el proceso de recaudación (pasando de un modelo de autoliquidación a un modelo de facturación), como en el cálculo de las cotizaciones (manteniendo totalmente sincronizados los datos de la Seguridad Social con los de cada una de las empresas y trabajadores). Según Alma Consulting “el objetivo del sistema Cret@ es simplificar los trámites y gestiones actuales, a través del uso intensivo de medios telemáticos”. Toda esta metodología precisa un nuevo marco normativo que se estima estará completado durante el verano, de cara a su implantación progresiva a partir del próximo mes de octubre.

Trabajadores webActualmente las empresas practican la autoliquidación, es decir, son ellas mismas quienes calculan e informan mensualmente a la TGSS cuánto tienen que pagar. Con Cret@ se pasa a un modelo de facturación directa por parte de la TGSS, quien llevará a cabo el control efectivo de la recaudación por cada trabajador, realizando la liquidación y calculando las cuotas a ingresar mediante las bases de cotización aportadas por la empresa, que completará con los datos que consten en: el Servicio Público de Empleo, las Mutuas, el INSS y el sistema de Afiliación de la Seguridad Social.

Se informará a las empresas sobre las cotizaciones sociales que deben realizar, ofreciéndoles un documento similar al borrador de la Declaración de la Renta. La empresa deberá comprobar que la información enviada por la TGSS es correcta, para pasar más tarde a confirmarla y se ejecute el pago correspondiente. En caso de discrepancias (diferencias entre la información almacenada en los sistemas de gestión de personal de una empresa y la que obra en poder de la TGSS), las empresas deberán recurrir las posibles incidencias, devolviendo corregido el borrador a la TGSS a través del Sistema Red.

De esta forma, aseguran los especialistas, la TGSS persigue: minimizar posibles errores, contrastando previamente a la liquidación los datos, aplicando así con mayor seguridad las bonificaciones y deducciones, mejorando la forma de relación con las empresas basada en un sistema telemático, y siendo más transparente, poniendo a disposición del trabajador la información disponible de lo cotizado por él a la Seguridad Social. Las empresas verán simplificadas y reducidas las cargas y trámites administrativos, y contarán con la información exacta de cotización y deuda por trabajador. Por su parte, la TGSS tendrá el control de la recaudación, reducirá los plazos de gestión de la misma y las incidencias relacionadas.

El nuevo sistema Cret@ implica para las empresas numerosos cambios: nuevos procedimientos de envío y recepción de información entre empresa y la TGSS, y nuevos conceptos, como el de tramo de cotización. Los únicos datos que tendrán que comunicar mensualmente las empresas son los que hayan cambiado: las bases de cotización que hayan variado respecto al mes anterior; las horas de contratos a tiempo parcial; el importe de formación continua; el coeficiente de EREs, las bonificaciones por formación continua; el importe de las compensaciones de pago delegado; la modalidad de salario, etc.

En cuanto al nuevo concepto de tramo de cotización, se trata de cada una de las partes en que se fracciona un período de cotización para la liquidación de cuotas de un trabajador, cuyas condiciones de cotización sean idénticas. Si los tramos comunicados no son idénticos a los que le consta a la TGSS, la liquidación de cuotas de este trabajador no se podrá realizar. Las confirmaciones de las liquidaciones se podrán efectuar por el usuario o de oficio, produciéndose los cierres de liquidación de oficio los días 24 y 28 de cada mes. Además, se podrán ejecutar cierres diarios del día 28 al penúltimo día del mes.

La TGSS, antes de dar por confirmada la liquidación, hará una última comprobación y validación de los datos para detectar si falta alguna información o hay errores. Si todo es correcto, emitirá los recibos correspondientes a la liquidación. Cret@ admite por tanto, liquidaciones totales, con todos los trabajadores conciliados, o parciales, sólo con los trabajadores que no tienen discrepancias.

En cuanto al calendario de fechas para el ingreso de la liquidación, no cambia considerablemente con el nuevo Sistema, subrayan desde Alma Consulting. Las empresas disponen hasta el penúltimo día del mes para enviar las cotizaciones. En caso de trabajadores no conciliados, se considerarán no presentados y automáticamente se generará la deuda correspondiente.

Si bien el objetivo del Sistema Cret@ es mejorar el control de la recaudación y disminuir las posibles incidencias que se producen en la cotización mensual, para la consultora las empresas han de estar alerta si quieren optimizar sus costes laborales en los siguientes aspectos:

Estudio de la masa salarial.- Si se estudia en detalle la estructura de los salarios y su reflejo en la nómina, así como su adecuación al convenio colectivo de aplicación, se puede saber: el importe total de la remuneración, cómo obtener el máximo rendimiento en las cotizaciones a la Seguridad Social y en la fiscalidad de la nómina, y rentabilizar así el salario neto de los empleados, impactando positivamente en el poder adquisitivo de los mismos.

En estos tiempos de crisis que se traducen en recortes a la capacidad económica tanto de las empresas como de los trabajadores, esta operativa constituye una “alternativa interesante a las inviables subidas salariales”. Adicionalmente, a través de estas medidas la empresa puede solicitar a la TGSS el reembolso de lo indebidamente pagado en concepto de cotizaciones.

Análisis y seguimiento de los beneficios e incentivos en las cotizaciones.– El objetivo es asegurar que se tienen en cuenta todos los beneficios e incentivos que existen a nivel nacional y regional en el ámbito de la contratación. Ejemplo de ello son: la transformación de contratos de duración determinada, trabajadores jóvenes, desempleados, trabajadores mayores, etc.

Análisis de las cotizaciones AT (accidentes de trabajo) y EP (enfermedades profesionales).- Las cotizaciones por accidentes de trabajo corren a cargo exclusivamente del empresario a través de un tipo de cotización que varía en función de la actividad económica, tanto de la empresa como del trabajador. En este sentido, es importante encuadrar correctamente a los trabajadores, de acuerdo a las funciones realmente desempeñadas. En definitiva, se pueden optimizar las cotizaciones, no sólo de la plantilla actual de trabajadores, sino también solicitando la devolución de ingresos indebidos por cotizaciones erróneas realizadas en el pasado.

“Incentivo a la prevención y disminución de riesgos laborales”.- Si una empresa ha invertido en la prevención de riesgos profesionales reduciendo así la siniestralidad de sus trabajadores, puede obtener interesantes incentivos sobre dichas inversiones realizadas.

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