La mayoría de las pymes aplicará la suspensión de contratos y salarios el 29M, según Arrabe Asesores

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La empresa Arrabe Asesores, especializada en asesoramiento contable y laboral, ha asegurado que la mayoría de las pymes aplicará la suspensión de contratos y salarios ante la Huelga General, convocada para el próximo 29 de marzo.

Mercados21 | La mayoría de las pymes aplicará la suspensión de contratos y salarios el 29M, según Arrabe AsesoresAnte ello, la asesoría ha decidido informar a las empresas de los derechos y obligaciones ante la Huelga, que afectará a las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y los empleados públicos de las empresas y organismos españoles, según indica en nota de prensa.

Para esta convocatoria, la compañía espera “muchos más descuentos” de los habituales en las nóminas de los trabajadores que secunden el paro; mientras que en convocatorias anteriores, la dificultad para tramitar la suspensión temporal de contratos y obligaciones entre empresa y empleados hizo que la práctica totalidad de las pymes “no” aplicara los descuentos.

“La situación de dificultades económicas ha dado un giro a estos datos, y numerosas compañías están avanzando ya los trámites y las posibles sustituciones de puestos críticos de cara al día 29 pidiendo de antemano a sus trabajadores que comuniquen si van a realizar la huelga, aunque los empleados no tienen la obligación de hacerlo”, apunta.

Ante todo, Arrabe Asesores ha pasado a indicar la normativa actual a tener en cuenta por las pymes, de cara a los efectos del ejercicio del Derecho de Huelga. Entre ellas, destaca la libertad de trabajo, que es individual y por lo tanto, de acuerdo con el artículo 6.4 del RDLRT, deberá respetarse la libertad de trabajo de aquellos empleados que decidan no sumarse a la huelga. Igualmente, no será obligatoria la comunicación de asistencia a la huelga ni se podrán imponer sanciones a los trabajadores por participar en ella.

Asimismo y según detalla la asesoría, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores no vinculados a la empresa; y también deberá tener en cuenta la normativa vigente en materia de Seguridad Social y de relación laboral.

F. L. P.

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